Tributación de las ventas en plataformas digitales: Wallapop, Vinted o Airbnb. Las nuevas obligaciones de información de los operadores de plataformas digitales han desatado una tormenta sobre si tienen que tributar, y cómo, las ventas en plataformas digitales.
Vamos a alejarnos de los “cuñadísmos” típicos de barra de bar y os vamos a contar cómo funciona esto y que puede pretender Hacienda con el establecimiento de estas obligaciones de información ya que, no olvidemos, no se ha cambiado la tributación de nada sino la información que están obligadas a dar a Hacienda estas plataformas; nada más.
El origen
El Real Decreto 117/2024, de 30 de Enero, no hace sino culminar la trasposición de la Directiva de la UE 2021/514, más popularmente conocida como DAC7.
La Directiva implantó la obligación a los operadores de plataformas de suministrar información respecto de los vendedores, que, mediante este real decreto se desarrolla.
Antes de suministrar información está lo que se conoce como procedimientos de diligencia debida, y es que los operadores deberán implantar procedimientos para recopilar datos identificativos de los vendedores que utilicen las plataformas y deberán verificar los datos, sobre todo la residencia del vendedor.
Es por esto es por lo que las plataformas están pidiendo información a sus usuarios, no por capricho de las plataformas sino por imposición gubernamental.
Particularidades de información sobre bienes inmuebles
En el caso de que la actividad del vendedor sea el arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles, se establecen particularidades respecto de las obligaciones de información. Será necesario identificar la localización concreta del bien inmueble, referencia catastral incluida, por cuanto el operador de la plataforma comunicará la información obtenida en estos casos no solo al Estado de residencia del vendedor, sino también al Estado donde estuviera localizado dicho bien inmueble.
Esta obligación de información, en lo que respecta a información relativa a la cesión y arrendamiento de bienes inmuebles, sustituye a la «Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» (modelo 179).
Un ejemplo práctico
Imaginemos un ciudadano noruego, residente fiscal en Noruega, que tiene una residencia en Orihuela Costa y la pone en alquiler por AirBnb. La plataforma comunicará los datos de los ingresos no sólo a Noruega (dónde tributará por su renta mundial esta persona) sino también a España, en dónde esta persona tendrá que tributar en el IRNR por los ingresos obtenidos circunscritos al inmueble radicado físicamente en España.
¿Qué modelos fiscales se utilizarán para cumplir estas obligaciones de información?
Los nuevos modelos tributarios a través de los que se cumplirá con las obligaciones de registro ante Hacienda y de declaración de información a cargo de los operadores de plataformas digitales han sido aprobados en la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero.
Por un lado, el modelo 040, que se utiliza para que los operadores de plataformas digitales cumplan con las obligaciones de registro ante Hacienda. Se incluyen obligaciones como el alta inicial, modificaciones posteriores y baja el registro de operadores de plataforma extranjeros o el registro de otros operadores obligados a comunicar información.
Por el otro lado, tendríamos el modelo 238, que se presentará en Enero de cada año con respecto del año anterior finalizado, y a través del cual se informará de toda la información económica y personal de las operaciones realizadas por cada vendedor durante el año en la plataforma.
Tributación de las ventas en plataformas digitales: ¿Se declaran las ventas en Wallapop o Vinted?
Obviamente la respuesta es SÍ, siempre y cuando en esas ventas se ponga de manifiesto una ganancia o pérdida patrimonial que no derive del normal desgaste de bienes y útiles de consumo. Pongamos 2 ejemplos prácticos:
- Si vendes un mueble en Wallapop por 200€ que te costó 100€ 6 meses antes, entonces habrás de incluir en tu declaración una ganancia patrimonial de 100€ y tributar por ella.
- Si el año pasado te compraste un abrigo en Zara por 90€ y este año ha cambiado la moda y lo vendes en Vinted por 50€, entonces esa pérdida patrimonial no deberás incluirla porque se trata del deterioro normal por el uso de una prenda de ropa.
Y, ¿Qué pasa con los ingresos de Airbnb por alquilar una vivienda?
Con respecto a los ingresos de AirBnb nunca ha habido el más mínimo debate acerca de sí debían declararse o no puesto que está clarísimo que sí que deben declararse.
Nada en este sentido ha cambiado; sólo que ahora Hacienda va a tener constancia e información de los días alquilada cada vivienda en Airbnb y los importes obtenidos a través de estos modelos; información de la que en gran medida ya disponía a través del Modelo 179. Si no lo declaras, Hacienda sabrá que mientes y no te librará nadie de la paralela, sanción, intereses y multa.
El revuelo sobre la tributación de las ventas en plataformas digitales
Sólo desde la desinformación es posible comprender el revuelo que se ha formado ya que, técnicamente, nada ha cambiado en cuanto a la tributación de estas ventas; todo tributa exactamente igual que lo hacía antes, sólo que ahora Hacienda dispondrá de información de operaciones que antes no tenía y, por tanto, tendrá más fácil poder liquidar paralelas a muchos contribuyentes.
No obstante, en nuestra opinión, el objetivo real que persigue Hacienda con estos modelos no es la tributación que pudiera haber por ganancias patrimoniales puesto que la mayoría de lo que se vende en estas plataformas son artículos de segunda mano que se venden por menos de lo que se adquirieron.
El objetivo real de Hacienda: Tributación por ITP y actividades económicas ocultas
Consideramos que el verdadero objetivo real es la detección de ventas ocultas de empresarios o profesionales así como la detección de aquellos que pudieran estar realizando una actividad económica sin, ni siquiera, estar de alta como autónomos.
Si estás en uno de estos casos, recuerda que puedes contactar con nosotros para que podamos ayudarte en tu relación con Hacienda y los impuestos.
Por ejemplo, aquel que hace 50 operaciones al año en Wallapop no es un particular que vende un mueble viejo sino que, presumiblemente, puede ser un autónomo no declarado en la actividad de comercio al por menor de diversos artículos.
Por otro lado, y lo que a nuestro humilde juicio puede ser un verdadero filón recaudatorio, está el ámbito del ITP. El ITP es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas y que graba cualquier tipo de transmisión patrimonial y, concretamente en Murcia, se aplica el tipo del 4%.
La bomba recaudatoria del ITP
Imaginemos por un momento, que a cada operación de venta en Wallapop o Vinted se le aplicase el 4% de ITP (que no es el mismo % en todas las CCAA, pero por simplificar el ejemplo); el filón recaudatorio es importante. Si las CCAA, a través de Hacienda, dispusiesen de los importes de cada transacción y los datos del adquirente, que es el obligado a liquidar este impuesto, tendrían tremendamente fácil liquidar grandes sumas de dinero para engrosar las arcas públicas.
Una sencilla exoneración de tributar por operaciones inferiores a 50€, por ejemplo, eliminaría el nerviosismo al respecto de gran parte de los usuarios de estas plataformas digitales. No obstante, eso es algo que depende del gobierno de cada Comunidad Autónoma. En este punto destaca Madrid, como de costumbre, en dónde se estableció una exención de pagar el ITP para compras inferiores a 500€.