Aspectos de vital importancia en la fiscalidad de los planes de pensiones y sus alternativas como mecanismos de ahorro a largo plazo. La gran estafa de los planes de pensiones para el ahorrador medio.
Quizá, estimado lector, con la mera lectura del párrafo previo de esta entrada de nuestro blog, ya se haya hecho usted una idea de la opinión que nos merecen, en el despacho, las aportaciones a planes de pensiones como herramienta de ahorro fiscal.
Estamos inmersos ya en los últimos 45 días del año fiscal natural y ya son multitud los anuncios en prensa, televisión, e incluso en TikTok, de entidades financieras y de supuestos expertos fiscalistas en dónde se recomienda a todo el mundo que lo mejor para ahorrar impuestos es aportar dinero a un plan de pensiones. Si usted se lo está planteando, el invertir en planes de pensiones, concédanos unos minutos y lea este post antes de decidir si efectuar su aportación o no.
La desgravación fiscal por aportaciones a planes de pensiones
En nuestra humilde opinión la desgravación fiscal por aportación a planes de pensiones es como el juego de la bolita que utilizan muchos trileros profesionales en los parques de cualquier ciudad.
Por un lado el gobierno nos vende una desgravación fiscal si aportamos dinero a nuestro plan de pensiones; una desgravación que consiste en reducir nuestra base imponible del IRPF en el importe de las aportaciones realizadas con un máximo de 1.500€ anuales (antiguamente eran 8.000€ anuales pero el gobierno, aquí, a diferencia de con sus gastos, si metió la tijera).
Si no fuere por esta “ofertita fiscal” las aportaciones a planes de pensiones no tendría ningún tipo de atractivo puesto que, según un estudio, que podéis consultar aquí, de Indexa Capital sobre la rentabilidad de los Planes de Pensiones en el periodo 2007-2021 se determinó que la rentabilidad media anual de los planes de pensiones en ese periodo fue de tan sólo el 1,9%. Es decir, 100€ invertidos en 2007 en un Plan de Pensiones equivaldría, en media, a 119€ en 2021; si ponemos ese dato frente a la inflación de idéntico periodo (28% acumulada), el resultado es que habríamos perdido poder adquisitivo, y eso aun contando con que en ese periodo tuvimos varios años de inflación casi 0 y algún año incluso con deflación.
La desgravación fiscal en el año de la aportación ayuda a mejorar la rentabilidad obtenida pero aún no hemos tenido en cuenta el coste de oportunidad que supone tener inmovilizado ese dinero durante 25 o 30 años, pues sólo podremos rescatarlo antes de la edad legal de jubilación en casos muy concretos y tasados.
Hasta aquí llega la parte bonita, o amable, de los planes de pensiones; ahora veremos la “cara B”.
El saqueo fiscal en el rescate de los planes de pensiones
Apoyándose en que, en el momento de la aportación, se nos permite reducir nuestra base imponible, pues en el momento del rescate esta base imponible se verá aumentada en el importe del dinero rescatado en cada anualidad. Hablando en plata, el rescate a efectos fiscales es como si tuviéramos un segundo pagador por rendimientos del trabajo en el IRPF. En la práctica, los planes de pensiones no desgravan, sino que únicamente permiten un diferimiento fiscal.
Un ejemplo práctico: El susto
Veámoslo con un ejemplo numérico lo que esto puede suponer para un contribuyente medio:
Imaginemos un contribuyente, sin cónyuge a cargo ni minusvalía y con residencia fiscal en la Región de Murcia, que se jubila con una pensión de jubilación de 1.500€ brutos (14 pagas), esto es, 21.000€ brutos anuales. Con esa pensión le tocaría pagar 2.878,46€ en concepto de IRPF (este importe podrá variar dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia aunque en rentas de este tipo no hay excesiva diferencia).
Ahora imaginad que a lo largo de su vida ese contribuyente ha ido ahorrando cual hormiguita en su plan de pensiones y ha logrado disponer de 50.000€ en el momento de su jubilación. Llegados a este punto el contribuyente en cuestión se plantea sacar el dinero íntegro en el momento de su jubilación o bien percibir 3.000€ anualmente (250€/mes).
Obtención de todo el capital de golpe
Si optase por sacar la totalidad de los 50.000€ como capital tendría que declarar unos ingresos de 71.000€ brutos ese año, y su cuota de IRPF se elevaría hasta los 20.864,34€; es decir, rescatar los 50.000€ de su plan de pensiones le costaría 17.985,88€ (un 35% aproximadamente).
Rescate a modo de paga complementaria mensual
Si, asustado por lo anterior, opta por ir sacando 3.000€ anualmente, entonces sus rendimientos se elevarían hasta los 24.000€ brutos que le supondrían una cuota de IRPF por valor de 3.688,34€. En este escenario el rescate de 3.000€ anuales le costaría 809,88€ (un 27% aproximadamente) cada año.
Como podréis colegir, la fiscalidad de los planes de pensiones supone un auténtico expolio fiscal de proporciones bíblicas; cuestión que unida a la escasa rentabilidad que ofrece ese producto hace que sea más aconsejable gastarse el dinero en cualquier cosa antes que meterlo en un plan de pensiones. A nuestros clientes nos gusta decirles, cuando nos plantean aportar a un plan de pensiones para ahorrar impuestos, que es “pan para hoy y hambre para mañana”.
Alternativas de ahorro de cara a la jubilación
Como alternativas a los planes de pensiones existen multitud de productos, bien sea la inversión inmobiliaria, la inversión en activos financieros o incluso la inversión en criptoactivos; por citar algunos ejemplos.
Dependiendo de cada caso particular, sus circunstancias y sus planteamientos, le será aconsejable invertir en unos u otros productos y en el despacho no somos asesores financieros ni tampoco esta entrada del blog constituye otra cosa que no sea un análisis y opinión de la fiscalidad de los planes de pensiones, que no asesoramiento financiero. Esto último debe quedar meridianamente claro para que no lleve a nadie a confusión.
Diferencias entre planes de pensiones y cualesquiera otras alternativas
Bien es cierto que estas otras alternativas no ofrecen el incentivo fiscal, que ya hemos visto que no es una desgravación pura sino un mero diferimiento fiscal, de los planes de pensiones pero, en cambio, tampoco conlleva la tan lesiva carga fiscal cuando se rescatan. Además, cabe indicar, la mayor liquidez que tienen cualesquiera otros productos de ahorro; un aspecto a tener en cuenta pues uno nunca sabe cuándo puede hacerle falta liquidar ahorros por una necesidad familiar o personal (una operación de una enfermedad grave que no cubra la Seguridad Social, por ejemplo).
La construcción de un patrimonio a largo plazo
Destinar, por ejemplo, el 5% de los ingresos que se perciben mensualmente al ahorro a largo plazo, durante toda la vida laboral, nos puede permitir lograr no sólo unos ingresos complementarios de cara a la jubilación sino también la construcción de un patrimonio (inmobiliario o financiero) que pueda ser liquidado en un momento de necesidad y generar aún mayor liquidez; o bien simplemente nos permita generar un cashflow positivo recurrente para vivir mejor en la vejez, y a la vez poder legar un patrimonio a nuestros descendientes.
Sea como fuere, por favor, asesoraos tanto fiscal como financieramente, antes de cometer el grave error de tirar vuestro dinero a la basura metiéndolo en un plan de pensiones ya que, recordad, cuando metéis dinero a un plan de pensiones los principales beneficiarios son la gestora del plan (banco) y el Gobierno, no vosotros. En Asepro Carthago estamos a vuestra disposición para prestaros asesoría fiscal en cualesquiera de las alternativas que os estéis planteando para materializar el ahorro a largo plazo y, como no, la futura planificación sucesoria.