DEDUCCIONES FISCALES POR OBRAS DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Conoce las deducciones fiscales por obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas. 

Son muchas las personas que realizan obras en su vivienda para mejorar la eficiencia energética sin conocer las deducciones fiscales que pueden aplicarse, y luego, cuando se enteran de ello ya es tarde porque les falta algún requisito que no se ha cumplido en su plazo correspondiente. Conocer estas deducciones es vital y va a ser uno de los caballos de batalla en este 2022, y los venideros 2023 y 2024, para poder reducir nuestra factura fiscal a la vez que mejoramos nuestra propiedad. (Este post ha sido actualizado con fecha del 04/11/2022 acorde a lo dispuesto en el Artículo 21 del RDL 18/2022)

Son 3 las deducciones que tenemos en este ámbito y son incompatibles entre sí respecto de la misma obra. A continuación las esbozamos para ilustrar sobre ellas y que podamos así mejorar la eficiencia fiscal del gasto en la mejora de la vivienda.

¿Cómo se acreditan documentalmente las deducciones fiscales por obras de eficiencia energética?

La forma de acreditación es común a las 3 deducciones que a continuación desglosaremos. Será necesario un certificado de eficiencia energética de la vivienda emitido por el técnico competente antes del inicio de las obras, (a estos efectos será válido el emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras) y, otro, al final de las mismas.

Igualmente, y a efectos de acreditar la obra en sí  misma, será necesario contar con la licencia de obras correspondiente del Ayuntamiento y con las facturas de los costes de la obra; unas facturas no podrán estar pagadas en efectivo. Esto de no poder acreditar el pago en efectivo constituye un nuevo ataque y limitación que, desde la administración, se hace contra la libertad que nos otorga el efectivo; siempre en aras al bien común y la prevención del fraude fiscal (sic).

Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Es una deducción aplicable a aquellas obras, realizadas entre el 06/10/2021 y el 31/12/2023, que permitan reducir la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda en al menos un 7%, tanto en la vivienda habitual como en cualesquiera otra vivienda de nuestra propiedad, siempre que la pongas en alquiler antes de que finalice 2024.

¿Qué cantidad se deduce?

La deducción en la cuota del IRPF es del 20% con una base máxima de 5.000€. Es decir, si la obra son 6.000€ tan sólo podrás aplicar el 20% sobre un máximo de 5.000€ haciendo que la deducción máxima que se puede obtener en la cuota sean 1.000€.

Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable

Se trata de una deducción aplicable a aquellas obras, realizadas entre el 06/10/2021 y el 31/12/2023, que permitan reducir en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. Válido tanto para vivienda como para viviendas en régimen de alquiler siempre y cuando se arrienden antes de que finalice el ejercicio 2024.

¿Qué cantidad se deduce?

La deducción en la cuota del IRPF es del 40% con una base máxima de 7.500€. Es decir, si la obra son 10.000€ tan sólo podrás aplicar el 40% sobre un máximo de 7.500€ haciendo que la deducción máxima que se puede obtener en la cuota sean 3.000€.

Deducción por obras de rehabilitación energética

Es una deducción aplicable en las viviendas, plazas de garaje y trasteros que sean de tu propiedad y que se encuentren en edificios de uso predominante residencial, no dando derecho a deducción aquellas viviendas que estén afectas a actividades económicas.

Debe tratarse de obras, realizadas entre el 06/10/2021 y el 31/12/2024,  que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable, en un 30 por ciento como mínimo, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

¿Qué cantidad se deduce?

La deducción en la cuota del IRPF es del 60% sobre una base máxima de 15.000€, con la particularidad de que no podrá aplicarse en cada ejercicio una base mayor de 5.000€ a esta deducción; pudiendo aplicarse el resto hasta en los 4 ejercicios posteriores con idéntica limitación y observando siempre que el total de la base de deducción no supere los 15.000€.

Cabe indicar que cuando las obras se realicen por una comunidad de propietarios la base de la deducción para cada propietario vendrá determinada por el resultado de aplicar a las cantidades satisfechas por la comunidad el coeficiente de participación que corresponda a cada uno de los propietarios, siendo en este punto conveniente contar con la certificación al efecto del administrador de tu Comunidad de Propietarios.

Un ejemplo práctico

Yendo a un ejemplo práctico, imagina que se hacen obras en tu edificio, circunscritas a lo previsto en esta deducción, y a tu vivienda le corresponden 18.000€. Pues bien, la deducción en cuota máxima que podrás obtener serán 9.000€ (60% s/15.0000€). Si esas obras se realizan en 2022, la deducción serán 3.000€ en 2022 (5.000€ de base), otros 3.000€ en 2023 (5.000€ de base) y los últimos 3.000€ en 2024 (5.000€ de base).

Y, ¿Qué pasa si recibes una subvención sobre dichas obras?

Es habitual que por cualquiera de las obras circunscritas a las 3 deducciones que hemos comentado se tenga derecho a recibir subvenciones públicas. En caso de ser así las subvenciones no tributarán (como si hacen las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual, para el alquiler o las del Plan Renove, por ejemplo) pero sí que reducirán la base máxima de la deducción que podrás aplicar.

Si la obra te cuesta 6.000€ pero te dan una subvención de 2.000€ entonces la base máxima sobre la que podrás aplicar la deducción serán 4.000€.

Se trata de un criterio bastante razonable que, además, entendemos que es beneficioso para los contribuyentes puesto que si dichas ayudas tuvieren que ser incluidas en la base imponible, el “guantazo fiscal” sería bastante importante en muchos casos.

Recordad que nuestros artículos no suponen asesoramiento sino mera información didáctica, y que en cada caso habrá de estarse a las circunstancias e idiosincrasia específica del caso; por ello, siempre es recomendable acudir a asesores fiscales profesionales; más aún cuando se trata de analizar las deducciones fiscales por obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas.

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